Cuando te divorcias de tu pareja y tenéis hijos, es posible que se os planteen diferencias en cuanto a su educación o salud. Por ejemplo, es muy habitual el desacuerdo en las actividades extraescolares o vacunas entre padres divorciados. Por eso, vamos a explicarte cómo debes comportarte en ambas circunstancias.
Actividades extraescolares
Decidir sobre las actividades extraescolares de tu hijo es cuestión de patria potestad. Por tanto, decide el progenitor que la tenga. No obstante, lo más habitual es que la conservéis ambos. Por eso, debéis poneros de acuerdo entre vosotros respecto a estas actividades.
En cuanto a su pago, se consideran gastos extraordinarios. Y, salvo que se haya pactado otra cosa en el acuerdo de divorcio, tienen que ser abonadas por ambos progenitores. Además, si se consideran necesarias para el desarrollo físico o intelectual de tu hijo, estarás obligado a pagar tu parte correspondiente, aunque no creas conveniente que las realice.
Por ejemplo, imagina que los profesores piensan que tu niño precisa un refuerzo de clases particulares de inglés. Pero tú tienes conocimientos de ese idioma y crees que puedes dárselas con éxito. Pese a ello, estarás obligado a pagar las clases.
Esto no es así en los casos de desacuerdo sobre actividades lúdicas o no necesarias. Si piensas que no debe hacerlas, no estarás obligado a abonarlas. Pero es aconsejable que dejes constancia escrita de tal desacuerdo.
Desacuerdo en vacunación
Otro aspecto en el que puedes hallarte en desacuerdo con tu expareja es la vacunación de tu hijo. Esto ha sucedido mucho en los últimos tiempos de pandemia. Un progenitor quería vacunar al niño y el otro no.
En tal caso, lamentamos decirte que tendrás que ir al juzgado de familia que tramitó vuestra separación para que decida sobre la controversia. Puesto que se trata de una discrepancia en cuanto a lo mejor para la salud de los niños, también es cuestión de patria potestad.
Pero, en este caso, es más delicado aún, ya que versa sobre los derecho y obligaciones que los progenitores tienen sobre sus hijos menores. De hecho, los jueces no pueden decidir si vacunar o no al niño. Tan solo pueden dirimir cuál de los dos progenitores tiene derecho a decidir sobre ello y conferirle tal autoridad.
Asimismo, para llegar a su decisión, el magistrado tendrá en cuenta las circunstancias sanitarias del momento e incluso la opinión del pequeño. Por ejemplo, ha habido un caso reciente en que la madre quería vacunar ante el COVID a su hija, mientras su padre no. Tras considerar los beneficios de la vacuna frente a sus hipotéticos perjuicios y escuchar a la niña, la juez decidió otorgar el poder de decisión a la madre y la pequeña fue vacunada.
En conclusión, el desacuerdo en las actividades extraescolares o vacunas entre padres divorciados están entre las desavenencias más habituales sobre los hijos. Ambos son temas de patria potestad. Y, con este artículo, esperamos haberte dado orientación sobre estas dos delicadas cuestiones.