Hasta el año 2015 el divorcio tenía un carácter exclusivamente judicial, pero fue en julio de ese año cuando se introdujo una importante reforma en el código civil, donde se incluía la posibilidad de divorciarse de mutuo acuerdo ante la notaría.
Esta vía ha sido una de las más recurridas en el año 2021 y seguirá siendo así durante este, puesto que acorta plazos, agiliza trámites y descarga de trabajo a los tribunales. Uno de los requisitos indispensables sigue siendo el de contar con la participación de abogado y procurador, que realizarán un convenio regulador.
Divorcio notarial es el más rápido
El divorcio notarial, es, sin ningún género de duda, la manera más rápida de divorcio puesto que se puede conseguir una cita en sede notarial en muy pocos días y proceder inmediatamente a la disolución del matrimonio.
El camino judicial sufre de gran colapso y el proceso de divorcio se puede dilatar en el tiempo mucho más de lo deseado. Además de por premura, el divorcio notarial destaca por comodidad, ya que los cónyuges pueden escoger la fecha deseada, cosa que obviamente no ocurre en los divorcios judiciales.
Requisitos del divorcio notarial
Que sea un divorcio de mutuo acuerdo. No es un acto en absoluto delegable.
Que hayan transcurrido al menos tres meses desde el matrimonio.
Que no tengan hijos en menoría de edad o legalmente incapacitados. Si hubiere hijos mayores de edad, estos deberán dar su consentimiento a las medidas.
Que la esposa no se halle en estado de embarazo en el momento de la instancia.
Documentación necesaria para el divorcio notarial
DNI y libro de familia de ambos miembros del matrimonio.
Libro de familia y certificados de matrimonio y empadronamiento.
Certificado de matrimonio de los hijos en mayoría de edad en el caso de haberlos.
Convenio regulador redactado por el abogado y documentación identificativa del mismo.
Casos que impiden el divorcio notarial
Se debe recurrir al divorcio contencioso cuando se den estas situaciones:
Falta del convenio regulador, o convenio con acuerdos que resulten perjudiciales o engañosos para los hijos o alguna de las partes.
Falta de consentimiento de los hijos menores emancipados o de los mayores de edad.
Elección de notario
Puede ser elegido de manera libre por los miembros del matrimonio siempre y cuando se escoja alguna de las dos siguientes circunstancias:
Que el notario tenga el mismo lugar de residencia habitual que uno de los cónyuges o del último domicilio común.
La función del notario es la de valorar el convenio del abogado y descartar daños o perjuicios en el mismo para con alguno de los cónyuges. En ese caso, el notario podría no dar el divorcio por válido, teniendo el matrimonio que acudir ante el juez.
En el caso de que el notario no considere ningún perjuicio en el convenio, adjuntará el mismo a su redacción de la escritura, la cual será también firmada por los cónyuges. También será quien transmita el acuerdo al Registro Civil correspondiente, enviando copia de la escritura por correo y con acuse de recibo.