La revolución digital en la que vivimos inmersos desde hace unos años, no solo ha cambiado nuestra manera de relacionarnos con los demás. Como abogados de divorcios en Madrid, podemos asegurarte que en el caso de nuestra profesión, el paso al mundo digital también ha sido determinante y ha permitido que muchos trámites puedan agilizarse y realizarse de manera más rápida. Mismamente, en el proceso de disolución de un matrimonio, existe la posibilidad de gestionar muchos pasos sin salir de casa, tal y como ya te hemos contado en uno de nuestros anteriores artículos.
Aunque hoy le toca el turno a nuevo concepto que ha surgido debido a la presencia de Internet en nuestras vidas. Nos estamos refiriendo al testamento digital. Si no tienes muy claro a qué hace referencia esta figura no te preocupes que te lo explicamos de forma sencilla en este post.
Hoy en día, todo el mundo tiene una identidad digital. Seguro que tú tienes una (o varias) cuentas de correo electrónico y eres usuario habitual de redes sociales como Facebook, Twitter o Instagram. Igualmente, una gran cantidad de los recuerdos que forman tu vida, están digitalizados para poder almacenarse en un espacio reducido, de la misma forma, que muchos productos culturales que consumes (música, películas, libros…) tienen este formato. En definitiva, todas las personas tienen una “identidad digital” además de un pequeño patrimonio cifrado en 1 y 0. Y ¿qué pasa con todo ello cuando una persona fallece?
El testamento digital
Aquí es donde entra en escena el concepto de testamento digital, un concepto que se está popularizando a la misma velocidad que nuestras vidas dependen cada día más de las nuevas tecnologías. El testamento digital hace referencia por lo tanto a cómo o a quiénes queramos dejar nuestro legado digital, ya sea para que lo mantenga vivo o simplemente para que lo atesore y vele por él.
Sin duda, la revolución tecnológica ha pillado en pañales a la ley que tienen serios problemas para adaptarse a un mundo que no deja de cambiar. Por ahora, la única opción que existe cuando se habla de testamento digital es introducir una cláusula en el testamento “ordinario” que especifique:
- Qué personas están autorizadas a conocer las contraseñas que permiten acceder a tus perfiles sociales y a la información y documentos digitales que hayas almacenado en vida.
- Qué destino quieres dar a ese patrimonio digital. Por ejemplo, si quieres que tus cuentas en redes sociales sean eliminadas o se gestionen de alguna manera concreta o quién o quiénes quieren que conserven tus archivos digitales.
- Qué forma tu patrimonio digital, desde cuentas de correo a archivos en tus equipos informáticos sin olvidar los sistemas de pago online que tengas habilitados. Todo ello formó parte de tu vida como puede ser un bien inmueble, de ahí que tengas derecho a decidir qué quieres que ocurra con él.
Obviamente, el vacío legal que existe en estos momentos da lugar a que muchas personas designadas para acceder al patrimonio digital de un amigo o familiar, tengan serios problemas legales, especialmente por cuestiones relativas a la protección de datos. Es por ello que muchas plataformas y sitios web estén incorporando cláusulas como es el caso de Google o Instagram que tiene un “administrador de cuentas inactivas” para que los herederos puedan solicitar el cierre de los perfiles de sus familiares fallecidos.
En cualquier caso, para cuestiones relativas a herencias y testamentos, lo mejor es que te pongas en manos de un equipo de expertos como los abogados que formamos Abogados Divorcio Express, que te atenderemos con profesionalidad para tratar cualquier cuestión relativa al derecho de familia o matrimonialista.