Uno de los conceptos que salen a relucir en algunos procesos de separación o divorcio es el del abandono de familia. Como son muchas las personas que no tienen muy claro a qué hace referencia este término legal, hoy nos gustaría aprovechar nuestra experiencia como abogados especialistas en divorcios para aclararte este delito y explicarte cuándo se incurre en él.
Incumplimiento de deberes legales
Aquellas personas que dejan de cumplir los deberes legales inherentes a la patria potestad, la tutela, la guarda y custodia o el acogimiento familiar, están cometiendo un delito de abandono de familia. De la misma forma, las personas que no presten la asistencia legalmente establecida para el sustento y protección de descendientes, ascendientes o cónyuges necesitados también están incurriendo en este acto delictivo que hoy estamos abordando.
El delito de abandono de familia motivado por una de las causas que acabamos de citar puede ser castigado con pena de arresto de 8 a 20 fines de semana además de una posible inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, la tutela, la guarda o el acogimiento familiar durante un periodo que se puede prolongar de 4 a 10 años.
Impago de pensiones
Por otro lado, también se considera abandono de familia cuando un progenitor deja de pagar durante 2 meses consecutivos o 4 alternos la contraprestación económica que un Juez haya decidido mediante sentencia y que debe pagar a favor de su ex cónyuge, hijos… En definitiva, nos estamos refiriendo a aquellas personas que no abonan prestaciones como la pensión de alimentos o la pensión compensatoria.
Es este caso, el delito también será considerado abandono de familia y podrá ser castigado con penas de arresto de entre 8 y 20 fines de semana.
Abandono de menores o incapaces
Por último, estamos ante otro delito de abandono de familia cuando las personas encargadas de la guarda de un menor o incapaz, se desentienden de sus cuidados, sea de manera permanente o temporal.
Esta infracción puede ser sancionada con penas de prisión variables. Si el abandono ha sido llevado a cabo por los padres o tutores, la pena de prisión será de 18 meses a 3 años, aunque si ese abandono hubiera puesto en peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor, la pena a aplicar podría llegar a los 4 años.
Por otra parte, el abandono temporal de un menor o incapaz es castigado con penas más leves, normalmente con multas que pueden ir de los 6 a los 12 meses siempre que el menor no corriera peligro, en cuyo caso también pueden aumentar hasta los 2 años.
Otro aspecto que recordamos a los clientes que acuden a nuestro despacho de abogados especialistas en divorcios, es que al margen de la privación de libertad, los delitos de abandono de familia, sean del tipo que sean, siempre implican el pago de una indemnización económica al tratarse, por encima de todo, de una cuestión de responsabilidad civil.
Para castigar a las personas que incurren en estos delitos, es necesario que los afectados presenten una denuncia, salvo cuando se trate de un menor de edad o una persona desvalida, en cuyo caso el Ministerio Fiscal puede actuar de oficio. Si estás viviendo una situación similar, puedes ponerte en contacto con nosotros para que te ayudemos a gestionar este asunto, que suele ser bastante doloroso para las personas implicadas. Confía en Abogados Divorcio Express todos los conflictos producidos en el seno de la familia.