Principales diferencias entre separación y divorcio

Cuando un matrimonio decide poner fin a su vida en pareja suelen surgir muchas dudas, una de las más frecuentes es la diferencia existente entre la “separación” y el “divorcio”. Desde nuestro bufete de abogados especializados en divorcios en Madrid queremos resolver dicha duda a través de este post. Por un lado, la separación implica el cese de la vida en común de la pareja, esta modificación del estado civil implica, tanto consecuencias patrimoniales como personales. Mientras que el divorcio, disuelve por completo el vínculo del matrimonio y sus efectos son inmediatos desde el momento en que se inscribe en el Registro Civil.

Diferencias entre separación y divorcio

Desde la modificación del Código Civil, en 2005, no hace falta alegar causa alguna para solicitar el divorcio o la separación. Basta con que ambos decidan cesar la convivencia, en el caso de la separación, o disolver el matrimonio, para el divorcio. Con el objetivo de profundizar más en las diferencias esenciales de estos supuestos, en Divorcio Express te contamos las consecuencias de cada una de las situaciones.

Separación: La separación de hecho consiste en tomar la determinación de cesar la convivencia por parte de los cónyuges, esta decisión tendrá consecuencias jurídicas, aunque no requiere de ninguna intervención judicial. Mientras que la separación, propiamente dicha, debe ser decretada por sentencia judicial. Aunque a efectos legales la pareja continúa siendo un matrimonio, la separación tiene ciertos efectos, como son:

  • Suspensión de la vida en común
  • Disolución del régimen de gananciales (si lo hubiera).
  • Revocar donaciones en favor del otro miembro de la pareja.
  • No pueden contraer matrimonio con terceras personas (pues siguen casados).
  • El viudo pierde el derecho a recibir herencia ante la muerte del otro cónyuge.
  • Finalmente, las cuestiones relacionadas con el cuidado de los hijos, gastos de mantenimiento o el régimen de estancia quedarán recogidas en la sentencia de separación.

Divorcio: Rompe por completo el vínculo matrimonial, entre los principales efectos de este estado civil podemos destacar:

  • Los cónyuges pueden volver a contraer nupcias con otras personas.
  • Disuelve el régimen económico ganancial.
  • Impide que el cónyuge divorciado herede ante la muerte de su ex pareja.
  • La sentencia de divorcio recoge todas las condiciones que la pareja deberá acatar, como consecuencia de la ruptura matrimonial. El uso de la vivienda, el cuidado de los hijos, el mantenimiento de los mismos, etc.

Según nuestra experiencia, como abogados en divorcios en Madrid, podemos señalar que la principal diferencia es la ruptura del vínculo matrimonial, lo que permite casarse de nuevo o que el cónyuge herede ante la muerte de la pareja o cobre prestaciones, como la pensión de viudedad.

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