Una duda frecuente y habitual entre los padres separados es si la obligatoriedad de pagar la pensión alimenticia a los hijos se prolonga cuando éstos cumplen los dieciocho años. Lo cierto es que sí, es ineludible responsabilizarse de la manutención de los hijos mayores de edad, cuando no disponen de medios económicos propios o están estudiando. Cuando una relación matrimonial llega a su fin lo más recomendable es optar por un divorcio express, agilizando trámites y llegando a acuerdos sobre el modo de proceder en todos los asuntos comunes desde ese momento en adelante.
Manutención de los niños siendo mayores de edad
Los asuntos económicos suelen ser los más difíciles de resolver, los que más discrepancias suscitan. En este sentido, el precio del divorcio de mutuo acuerdo es más reducido, ya que no se prolonga en el tiempo. Además, puede darse el caso de que uno de los cónyuges quede en inferioridad económica, por lo que podría darse el caso de que el otro miembro de la pareja tuviese que abonar una pensión compensatoria. Por otra parte, resulta evidente que ambos progenitores deben hacerse cargo de la manutención y los gastos propios de sus hijos, independientemente de que ellos hayan roto su vínculo matrimonial.
El dinero ha generado muchos problemas entre las exparejas, de hecho el número de divorcios se ha visto reducido durante la crisis. También, han surgido muchos casos en los que se han solicitado la reducción de la pensión ante la imposibilidad de su abono y se han incrementado las reclamaciones por retrasos en los pagos. En este contexto, surge la duda de hasta cuándo hay que abonar esta prestación, pero la Ley no refleja ninguna edad a partir de la cual se pueda extinguir el pago de la misma.
El ordenamiento jurídico español simplemente estipula que el pago de la cuota en concepto de manutención será obligatorio hasta que se produzca la independencia económica del hijo. Es decir, cuando tenga un trabajo que le permita mantenerse por sí mismo. De hecho, se considera que un hijo mayor de edad tiene derecho a la pensión de alimentos, siempre y cuando esté estudiando o trabajando por un suelo inferior al salario mínimo interprofesional. Entendiendo por manutención todos los gastos relativos al sustento, alojamiento, ropa, asistencia médica, así como educación y formación.