Matrimonios de conveniencia: ¿a qué penas se enfrentan?

La llegada de un gran número de inmigrantes a nuestro país ha traído consigo un aumento de los matrimonios de conveniencia. No queremos decir que la obtención de la nacionalidad sea el único fin que persiguen estos enlaces apañados, pero lo cierto es que un alto porcentaje de los casos descubiertos están protagonizados por una persona extranjera y una nacionalizada en nuestro país. Y ¿qué le puede ocurrir a una pareja si se descubre que su matrimonio es un fraude llevado a cabo por conveniencia? A continuación, nuestro equipo de abogados matrimonialistas en Madrid te cuentan cómo está penalizado este delito en nuestra legislación.

No es delito penal

El matrimonio de conveniencia solo puede ser sancionado de forma administrativa y nunca de manera penal, según la sentencia emitida el pasado mes de abril por el Tribunal Supremo. Con ella, se anulaba la condena de dos años de prisión que la Audiencia Provincial de Barcelona había impuesto a los dos miembros de un matrimonio pactado entre una chica con nacionalidad española y un chico dominicano.

Cuando la Subdelegación del Gobierno de Barcelona comenzó a sospechar el verdadero motivo de su matrimonio, descubrió que la pareja vivía separada, ella en Montcada y él en Santa Coloma de Gramanet. En ese momento, fueron condenados por la Audiencia Provincial de Barcelona a dos años de prisión al considerar que su matrimonio era “mendaz e inexistente” y que “derivaba en un delito de falsedad y en contra de los derechos de los trabajadores extranjeros”.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha anulado dicha sentencia y explicado que un matrimonio de conveniencia puede sancionarse por la vía administrativa con multas de hasta 10.000 euros pero nunca con pena de cárcel.

Para el Supremo no se trata de un delito de falsedad documental porque “el matrimonio ha existido y la voluntad de adquirir el vínculo matrimonial también, no así la voluntad de integrar un consorcio de vida en común”. Tampoco se trata de un delito contra los derechos de los inmigrantes al no quedar probada que la finalidad de este matrimonio hubiera sido la reagrupación familiar ni que hubiera habido contraprestación económica de ningún tipo. Por todo ello, queda excluida toda punabilidad y por lo tanto, la sanción penal.

En resumen, los matrimonios de conveniencia no pueden acarrear penas de cárcel salvo que haya usurpación de estado civil, falsedad documental previa o ánimo de lucro.

¿Conocías las penas que trae consigo la celebración de un matrimonio de conveniencia? En Abogados Divorcio Express nos gusta acercarte aquellos temas que, como abogados matrimonialistas en Madrid, consideramos que pueden resultar interesantes tanto a nuestros clientes como a aquellos que quieren conocer aspectos de este ámbito del derecho.

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