Penas por impago de la pensión alimenticia

La crisis económica ha traído, entre otras muchas cosas, que se cometan con más frecuencia algunos delitos que antes eran mucho más circunstanciales. Es el caso del impago de la pensión alimenticia, un delito que según las estadísticas ha aumentado de manera preocupante durante estos últimos años siendo demasiados los cónyuges no custodios que incumplen sus obligaciones.

Si se reclama por la vía penal, la pena por impago de pensión alimenticia fijada mediante sentencia judicial puede acarrear diferentes consecuencias, tal y como te explican nuestros abogados de divorcios en Madrid.

¿Cuándo se convierte el impago de la pensión en delito?

Para que el impago de la pensión alimenticia sea considerado un delito de abandono de familia, deben cumplirse unos plazos temporales estrictos:

  • 2 meses consecutivos sin pagar.
  • 4 meses no consecutivos (alternos).

De esta forma, no olvides que cuando la deuda se produce durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos, estamos hablando de un delito que aparece tipificado en el artículo 227.1 del Código Penal.

Importante: Solo se puede denunciar si la pensión ha sido fijada mediante sentencia judicial o convenio regulador aprobado por un juzgado o notario. Los acuerdos verbales no tienen fuerza ejecutiva en la vía penal.

Pena de prisión de 3 meses a 1 año

La primera de las penas por imago de la pensión hace referencia a la pena de prisión que pueden sufrir aquellas personas que no abonan la pensión alimenticia después de un proceso de divorcio. Concretamente la ley nos dice que: “El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año …”

Si el juez determina que existe voluntad de no pagar (pudiendo hacerlo), las penas son:

  • Pena de prisión: De 3 meses a 1 año.
  • Multas económicas: De 6 a 24 meses (la cuantía diaria depende de la capacidad económica del deudor).

¿Se entra en la cárcel? Por lo general, si es la primera vez y la pena es inferior a 2 años, el deudor no suele ingresar en prisión, pero tendrá antecedentes penales, lo cual es una mancha grave en su historial legal y laboral.

Multas de 6 a 24 meses

En el mismo artículo al que hacíamos referencia también se recoge otra de las penas con las que resulta castigado el delito del impago de la pensión alimenticia: “…o pena de multa de seis a 24 meses”. Para estas multas de duración variable se fija una cuantía diaria a abonador por parte del cónyuge deudor que puede ir de los 2 euros a los 400 euros diarios, teniendo en cuenta factores como el número de cuotas pendientes de pago y el importe de las mismas.

Responsabilidad civil

Además de las penas que hemos descrito, aquel progenitor que no cumpla con sus obligaciones puede resultar condenado durante el mismo proceso penal a pagar todo lo adecuado en concepto de responsabilidad civil: “La reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas”.

 En cualquier caso y basándonos en nuestra trayectoria como abogados de divorcios en Madrid, recomendamos solucionar los problemas de impago mediante el diálogo y el acuerdo, especialmente si se trata de retrasos acumulados por motivos concretos. Pero si esta opción no resulta satisfactoria, acudir a la justicia puede ser la única alternativa viable. Llegados a este punto, lo mejor es que cuentes con abogados especializados en la materia como Abogados Divorcio Express que te asistiremos para que puedas recuperar todo lo que te corresponde por sentencia judicial.

El impago como «violencia económica»

La principal evolución jurisprudencial reciente es que el Tribunal Supremo en 2021 ha reforzado la idea de que el impago reiterado de alimentos puede constituir una forma de violencia económica.

“El incumplimiento de esta obligación deja a los hijos en una situación de precariedad, siendo una forma de ejercer control y daño sobre el progenitor custodio”.
¿Qué significa esto? Que se endurece la visión de los jueces frente a los deudores «profesionales» que ocultan su patrimonio y que este impago podrías llegar a calificarse dentro de violencia de género según el caso.

Además, los tribunales están reiterando que pagar cantidades simbólicas, retrasar pagos sistemáticamente o abonar menos de lo fijado unilateralmente, no elimina el delito si persiste el incumplimiento sustancial de la resolución judicial.

Indemnización por daño moral ante el impago de la pensión alimenticia

A partir de 2024 va apareciendo una línea doctrinal y jurisprudencial muy relevante: el impago reiterado no solo genera deuda económica, sino también posibles daños psicológicos y morales indemnizables.

Esto se sustenta en que el impago puede provocar ansiedad, precariedad y sufrimiento, especialmente cuando afecta a menores, por lo que podría justificar indemnizaciones adicionales.

¿Qué pasa si realmente no puede pagar la pensión alimenticia?

La jurisprudencia mantiene que no existe delito cuando el obligado acredita una imposibilidad económica auténtica e involuntaria.

Sin embargo, si la situación económica ha empeorado drásticamente (paro, enfermedad, quiebra), no se debe dejar de pagar sin más. Lo más adecuado es interponer una Demanda de Modificación de Medidas. Mientras un juez no reduzca la cuantía de la pensión, la deuda seguirá acumulándose y el riesgo de denuncia penal seguirá activo.

¿Necesitas asesoramiento, reclamar o defenderte por un impago de pensión?

Si necesitas reclamar lo que legalmente les corresponde a tus hijos, o tu situación financiera ha cambiado y necesitas una modificación de medidas urgente para evitar consecuencias penales por impago de pensión alimenticia, la clave es actuar a tiempo y con conocimiento legal. Nuestros abogados en Divorcio Express, son especialistas en derecho de familia y pueden ayudarte a resolver la situación con la mayor eficacia posible.

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