¿Pensión de viudedad en parejas de hecho?

La pensión de viudedad es una pensión vitalicia que se concede a quien haya estado unido en matrimonio o haya sido pareja de hecho de otra persona que ha fallecido. Al igual que en cualquier pensión, deben cumplirse una serie de requisitos que no son los mismos para una persona que hubiera estado casada que para otra que hubiera sido pareja de hecho. Y aunque hoy en día ambas situaciones están mucho más equiparadas en lo que a pensión de viudedad se refiere aunque, si has tenido una pareja de hecho que ha fallecido, te recomendamos acudir a nuestro despacho de abogados matrimonialistas en Madrid para recibir asesoramiento legal. Desde Abogados Divorcio Express te recordamos que, en caso de fallecimiento de uno de los miembros de una pareja registrada como pareja de hecho, deben reunirse una serie de requisitos adicionales que no se exigen a un cónyuge. ¿Quieres saber cuáles son? Te los explicamos a continuación.

Requisitos de pareja

Para que uno de los miembros reciba una pensión de viudedad en una pareja de hecho los requisitos son:

  • Constitución de una pareja de hecho con similitud a la relación de afectividad que la conyugal. Esto quiere decir que se trate de una pareja que profesen sentimientos análogos a los que unen los matrimonios (relación más allá de la amistad, futuro y proyecto de vida conjunto, etc.).
  • Que los integrantes no hayan contraído ni tengan vínculo matrimonial con otra persona.
  • Acreditación de convivencia notoria y estable en el tiempo con carácter inmediato al fallecimiento del miembro de la pareja de hecho y con una duración no inferior a cinco años.
  • Inscripción formalizada en el registro de parejas de hecho producida como mínimo dos años antes de la defunción, debiendo estar unidos en el momento del fallecimiento.

Requisitos económicos

Como expertos en Derecho de Familia, te recordamos que los requisitos económicos para que uno de los miembros de una pareja de hecho pueda cobrar pensión de viudedad son:

  • Que los ingresos económicos de la persona sobreviviente no alcancen durante el año natural anterior al deceso el 50% de la suma de los propios y de los del causante en el mismo periodo. Explicado de manera más sencilla: quien solicita la pensión de viudedad no puede haber ganado más de la mitad de lo que ganaron ambos en el ejercicio anterior.
  • Cuando lo ingresos del miembro de la pareja de hecho que sobrevive sean inferiores a 1,5 veces el importe vigente establecido como salario mínimo interprofesional.

Estos requisitos en ocasiones hacen plantearse a muchas parejas sobre los derechos de las parejas de hecho y sus diferencias con el matrimonio. Si deseas realizar una consulta a cerca de este tema, no dudes en contactar con Abogados Divorcio Express. Ofrecemos un asesoramiento personalizado y a medida a todos nuestros clientes.

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