Las relaciones familiares pueden resultar muy complejas. Todo el mundo da por hecho que el vínculo que une a padres e hijos está por encima de todo pero la recién aprobada ley vasca que permite apartar a los hijos en el testamento, pone de manifiesto que no es así. A lo largo de nuestra amplia experiencia como abogados matrimonialistas y de familia en Madrid nos hemos encontrado con conflictos familiares de todo tipo, de ahí que el interés suscitado por esta nueva ley no nos pille de sorpresa. De todas formas, aprovecharemos este espacio para contarte algunos aspectos de esta polémica normativa, tan acertada para algunas personas a juzgar por aluvión de consultas que ha provocado.
El 3 de octubre entraba en vigor la nueva ley del Derecho Civil Vasco (LDCV) y uno de sus apartados recogía la posibilidad de los progenitores desheredaran a sus hijos de una manera mucho más sencilla y sin tener que dar ningún tipo de explicación ni cumplir los supuestos exigidos hasta ahora. Desde entonces, las asesorías y despachos de abogados de esta comunidad autónoma han recibido un 25% más de consultas sobre este aspecto, la mayoría de ellas provenientes de personas que querían cambiar sus testamentos.
Novedades que implica este Ley
Hasta estos momentos, y tal como sigue ocurriendo en el resto de comunidades de nuestro país, a los descendientes les corresponde de forma legítima dos tercios de la herencia de sus progenitores (esta proporción varía en algunas CCAA) y cuando una persona quiere privar a uno o varios de sus hijos de la legítima que le corresponde, debe acudir a los tribunales y demostrar que se cumplen alguno de los requisitos exigidos para llevar a cabo una desheredación. Esos supuestos son:
1.- Si los hijos han sido abandonados, corrompidos o prostituidos.
2.- Si los hijos han sido juzgados por atentar contra la vida de su testador.
3.- Si los hijos han acusado al testador de cometer un delito que pudiera ser castigado con pena de prisión, siendo esta acusación calumniosa.
4.- Si los hijos no comunican la muerte del testador y esta ha fallecido de manera violenta.
5.- Si los hijos amenazan, extorsionan u obligan violentamente al testador a hacer testamento a su favor, modificarlo o le ocultan maliciosamente que lo han hecho.
Pues bien, la nueva ley vasca reduce la legítima a un tercio y añade la novedad de poder privar de la legítima a un heredero forzoso sin dar ningún tipo de explicación, salvo que se trate del único hijo y no tenga descendencia, caso en el que los padres tendrán que acogerse a alguno de los cinco supuesto recogidos en el Código Civil.
¿Quiénes están solicitando cambios en su testamento?
Tal y como hemos podido saber como expertos abogados matrimonialistas y de familia en Madrid, la mayoría de casos en los que los testadores han pedido realizar cambios en su testamento bajo la luz de esta nueva normativa, no se deben tanto a disputas familiares sino a la pérdida de relación y distanciamiento de los hijos. En definitiva, padres que llevan años sin saber nada de sus hijos (ni sus nietos) y por eso deciden desheredarlos. También se han dado casos de padres que no quieren dejar su herencia a aquellos hijos que sufren problemas de alcoholismo, drogadicción, marginalidad…
Como comenzábamos este post, dada la complejidad de los lazos familiares resulta difícil entender algunas decisiones pero en Abogados Divorcio Express no entramos a juzgarlas sino a ofrecer un asesoramiento serio y profesional que resulte útil a aquellas personas que lo necesitan. De momento, en la Comunidad de Madrid, la desheredación sigue realizándose de la misma manera, un proceso en el que podemos ayudarte si lo deseas.