Principales requisitos para un divorcio express

La llegada de la Ley del Divorcio Express en 2005 facilitó en gran medida el procedimiento de divorcio. Desde entonces, y siempre que hayan pasado tres meses desde la celebración, ya es posible disolver un matrimonio sin alegar ninguna causa o sin una separación judicial previa. Además, ahora también es posible realizar todo el proceso ante un notario en caso de no tener hijos menores.

Como especialistas en divorcios express, sabemos que las principales ventajas de este tipo de separación matrimonial son la rapidez y la reducción de costes. Pero, ¿qué requisitos es necesario cumplir para poder llevar a cabo un divorcio express?

Requisitos para un divorcio express

Para poder finalizar un matrimonio a través de un divorcio express y evitar los trámites ordinarios, es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  • Debe haber mutuo acuerdo: ambos cónyuges deben querer divorciarse y debe haber consenso entre ellos en todas las medidas a adoptar.
  • Al menos tres meses de matrimonio: la ley exige que deben cumplirse al menos tres meses desde la celebración de la unión, excepto cuando se pueda acreditar que hay un riesgo para la integridad física, la libertad o la vida, entre otras cosas, tanto para los cónyuges como para sus hijos.
  • Residencia en España: al menos uno de los miembros del matrimonio debe residir en España.

Una vez que se cumplen con todos los requisitos, ya es posible comenzar con la tramitación del divorcio express. El primer paso es contratar un buen abogado especializado en este tipo de divorcios, y un procurador, que pueden ser los mismos profesionales para ambos cónyuges. A continuación, se redacta la propuesta de convenio regulador, donde deben quedar reflejadas todas las decisiones en torno a aquellas cuestiones relacionadas con los hijos, la vivienda familiar, la pensión compensatoria, la pensión alimenticia y la liquidación del régimen económico del matrimonio.

Después de todo esto, se presenta la petición de divorcio ante el Juez, adjuntando la propuesta de convenio regulador, si no hay hijos menores de edad, es posible otorgar la escritura pública ante notario. En caso de seguir la vía judicial, los cónyuges deben acudir el juzgado para ratificar la propuesta, y deben hacerlo por separado. A partir de ahí, se dicta una resolución, y el último paso sería la inscripción en el Registro Civil.

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