¿En qué se basa el Juez para fijar la pensión alimenticia?

La pensión alimenticia ha sido la protagonista de muchos de los posts que hemos publicado en este espacio. Algo lógico si tenemos en cuenta que se trata de una de las cuestiones que más conflictos genera entre los miembros de una pareja que se encuentra inmersa en un proceso de ruptura. Da igual que estemos ante una separación matrimonial de mutuo acuerdo o ante un divorcio contencioso: la pensión de alimentos siempre es motivo de conflicto. Por ello, hoy queremos incidir en cómo se fija esta cuantía cuando existen hijos menores.

Aunque seguro que no resulta necesario, no está de más recordar que la pensión alimenticia no solo está concebida para hacer frente a los gastos de alimento de los hijos de un matrimonio sino de todos aquellos aspectos indispensables para su sustento y vida ordinaria: efectivamente, están los gastos de su alimentación pero también los de su ropa, asistencia médica, educación, ocio…

En ocasiones, serán los abogados de divorcios de las dos partes los que lleguen a un entendimiento y se pongan de acuerdo en la cuantía pero cuando esta es fijada mediante sentencia judicial, los aspectos que se tienen en cuenta son:

  • El número de hijos que tenga la pareja.
  • Los ingresos de la persona no custodia que está obligada a abonar cada mes una cantidad de dinero en concepto de pensión alimenticia.
  • Las necesidades especiales que pueda tener cada hijo y que deben ser cubiertas por sus progenitores cada mes.

¿En qué se basa el Juez para fijar la pensión alimenticia?

Lo más habitual en estos casos es que el Juez realice un estudio de la situación laboral y económica de las dos partes, valorando su salario neto, alquileres, hipotecas… así como toda clase de gastos e ingresos que tengan de manera habitual. Por otro lado, también analizará detalladamente las necesidades específicas que pueda tener cada hijo menor de la pareja y a cuánto ascienden. Con toda esta información, el Juez fijará esa pensión que nunca debe extrapolarse a otras situaciones por similares que parezcan a priori. Es cierto que existen tablas y baremos orientadores en función del número de hijos y de los ingresos de las dos partes, pero nunca pueden interpretarse como una fórmula fiable y definitiva.

La obligación de pago de esta pensión existe como consecuencia de su propia naturaleza aunque sí podrá ser modificada por el Juez si las circunstancias que existían inicialmente cuando fue fijada cambian. Dicha modificación debe hacerse mediante el correspondiente procedimiento judicial de modificación de medidas y no será efectiva hasta que se ratifique la sentencia.

En Abogados Divorcio Express te ayudaremos de manera cercana y personal a abordar estas cuestiones que, además de complejas, suelen provocar conflictos que hacen que resulte más difícil una situación ya de por sí complicada.

Otras publicaciones

Scroll al inicio