El uso y disfrute de la vivienda familiar tras un divorcio es una de las cuestiones más consultadas a los abogados matrimonialistas en Madrid. Sin embargo, no debemos olvidar que la atribución de la vivienda no solo hace referencia al espacio que se encuentra comprendido entre los tabiques y el tejado de la misma sino también a los enseres y objetos domésticos que hay en su interior, necesarios para el desarrollo de la vida cotidiana. ¿Qué ocurre con ellos? ¿El ajuar también debe estar sometido a un reparto fijado por sentencia judicial? ¿Quién se queda con la televisión de plasma? ¿Y con los muebles del dormitorio? Te lo contamos a continuación en este artículo.
No todo lo que hay en la vivienda es “ajuar doméstico”
Cuando dos personas contraen matrimonio, lo más habitual es que compren juntos muchos de los enseres que hay en su casa. Muebles, ropa de hogar, menaje para la cocina, electrodomésticos, televisores, mesas y sillas… En definitiva, el equipamiento básico que hay en toda residencia familiar.
Pues bien, en estos casos, y aunque lo más lógico sea apelar al sentido común, la legislación tiene algo que decir al respecto. Según el artículo 1321 del Código Civil, el ajuar familiar o doméstico, hace referencia exclusivamente al conjunto de enseres, ropa y mobiliario que componen la vivienda, “excluyéndose las alhajas, objetos artísticos, históricos y otros de extraordinario valor”. Y es importante acudir a esta deficinión de ajuar porque según establece este mismo código en los artículos 90 y 103 “será el cónyuge al que la sentencia de divorcio haya atribuido el uso y disfrute de la vivienda conyugal el que también disfrutará del ajuar doméstico que se encuentra en la misma”.
El resto de objetos que el Código Civil deja fuera de la definición de ajuar doméstico por su valor extraordinario, deben ser negociados aparte y los abogados matrimonialistas de los dos miembros tendrán que llegar a un acuerdo si no se quieren que sea el Juez el que tome esa decisión mediante sentencia.
Sí es cierto que en muchos procesos de divorcio, y al margen del acotamiento de la propia definición que el Código Civil da de ajuar doméstico, el Juez procura no ser tan restrictivo y suele distinguir entre aquellos objetos que realmente son imprescindibles en la vida cotidiana (como una mesa o una lavadora) de otros que, aún no teniendo mucho valor, son transportables y pueden ser repartidos entre ambos cónyuges (un equipo de música o una consola son algunos de los ejemplos más comunes en estos casos).
Y aunque esta cuestión puede parecer menos importante si lo comparamos con aspectos como la custodia de los hijos menores, la pensión alimenticia o la propia atribución de la vivienda, suele traer grandes conflictos. Por eso, el asesoramiento y negociación de abogados expertos resulta tan importante. Confía en Abogados Divorcio Express para resolver cualquier asunto que se englobe dentro de tu ruptura matrimonial. Consúltanos sin compromiso.