Cómo te afecta la declaración de la renta después del divorcio

Uno de los trámites que presentan muchas dudas después de un divorcio es la declaración de la renta. ¿Qué debes tener en cuenta? Lo primero, es que las modificaciones a realizar en caso de divorcio, solo te afectan si este se produjo durante el año anterior al que presentas la declaración, hasta el 31 de diciembre. Si se produjo después, en enero o febrero, por ejemplo, los cambios deberás realizarlos en la declaración de la renta del año siguiente. A continuación, hacemos un pequeño repaso por todas aquellas modificaciones a tener en consideración a la hora de hacer la declaración de la renta después de un divorcio.

¿Qué cambia en la declaración de la renta después del divorcio?

  • La declaración de la renta ya no es conjunta: al disolverse el matrimonio, ya no es posible disfrutar de la mejora fiscal derivada de la declaración de la renta conjunta. Únicamente el cónyuge que cuenta con la custodia de los hijos, en caso de haberlos, puede formar unidad familiar en la declaración.
  • Vivienda habitual: la parte que se queda con los menores en común, es también la que puede deducir las cantidades a las que tenga derecho con la norma fiscal anterior por adquisición.
  • Anualidades por alimentos: el cónyuge que tiene la custodia de los hijos es el que recibe las anualidades por alimentos y no tiene que tributar por su cuantía.
  • Mínimos descendientes: se pueden aplicar para ambos cónyuges, pero las cantidades que se corresponden con las deducciones por motivos familiares deben dividirse entre las dos partes, en función del número de hijos que tengan.

Como puedes observar, los principales cambios que afectan a la declaración de la renta después de un divorcio están relacionados con los hijos en común. En Divorcio Express, recomendamos siempre tener en cuenta todas estas modificaciones que debes realizar cuando hay una ruptura matrimonial, para estar al día con las obligaciones fiscales.

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