Aunque la incorporación masiva de las mujeres al mercado laboral ha hecho que los roles tradicionales hayan cambiado radicalmente y ahora haya un mayor reparto de las tareas domésticas entre los dos cónyuges, a nuestro despacho de abogados de divorcios en Madrid han llegado parejas interesándose por el valor de estas tareas en el caso de separación o divorcio. No podemos obviar que son muchos los casos en los que uno de los dos miembros (puede tratarse tanto del hombre como de la mujer dados los cambios que antes mencionábamos) se dedica de manera más plena al cuidado de los niños y del hogar, de ahí que si la relación finalice, crea necesario recibir una compensación por ese esfuerzo y dedicación.
Legislación vigente
En la actualidad, el artículo 1438 del Código Civil dice que dentro del régimen de la separación de bienes “los cónyuges deben contribuir al sostenimiento de las cargas del matrimonio. A falta de convenio, lo harán proporcionalmente a sus respectivos recursos económicos. El trabajo doméstico será computado como atribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que será señalada por el Juez a falta de acuerdo cuando se extinga el régimen de separación de bienes.”
Que nuestro actual ordenamiento jurídico reconozca la necesidad de compensar a aquella persona que se ha dedicado al cuidado de los hijos y la realización de las tareas domésticas, bien plenamente o bien en mayor proporción, resulta de gran trascendencia. Durante mucho tiempo, las tareas domésticas eran consideradas obligaciones de la mujer y se entendía que como tales, no debían recibir ninguna compensación por su desempeño. Sin embargo, hoy en día, la Ley estima esta aportación al matrimonio como una prestación susceptible de cuantificación económica, que ostenta un valor estimable siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos necesarios para el reconocimiento de la compensación
1º.- Que el matrimonio haya estado sujeto, durante algún período de la convivencia, al régimen económico de separación de bienes.
2º.- Que se haya producido la extinción del régimen de separación de bienes para que proceda una reclamación.
3º.- Que durante la convivencia del régimen de separación de bienes, un cónyuge haya hecho aportación personal de su trabajo para la casa.
Si te encuentras en una situación en la que crees necesario reclamar una compensación por la dedicación que durante años has invertido en el cuidado de los niños o el hogar, lo mejor es que acudas a un despacho de abogados de divorcios en Madrid como el nuestro donde te podremos asesorar y analizar tu situación para ver si procede llevar a cabo la reclamación de dicha compensación. Solo un equipo de expertos como Abogados Divorcio Express puede ayudarte en este tipo de situaciones que pueden hacer que una separación o un divorcio se vuelva más compleja.