Las ventajas del divorcio notarial

La Ley de Jurisdicción Voluntaria publicada el 3 de julio de 2015 supuso un importante punto de inflexión en la tramitación de los divorcios de mutuo acuerdo: a partir de ese momento, quien quisiera disolver su matrimonio, tendría la posibilidad de hacerlo ante notario. Con esta novedad, se pretendía agilizar los procesos de divorcio y, sobre todo, descongestionar unos juzgados que estaban saturados con este tipo de demandas. Para los abogados de divorcios en Madrid, esta nueva posibilidad trajo consigo muchas ventajas, las cuales nos gustaría compartir contigo en este post.

Reforma del código civil

La reforma del Código Civil de 23 de julio de 2016 ratificaba que aquellos cónyuges que quisieran separarse o divorciarse de mutuo acuerdo, no tuvieran hijos menores o mayores dependientes a su cargo y hubieran transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, podrían hacerlo mediante la firma de un convenio regulador ante un Secretario Judicial o ante un Notario. Conviene señalar que en esta nueva modalidad se introduce la limitación de la existencia de hijos menores o mayores no emancipados de los progenitores. Si es así, tanto el proceso de separación como el de divorcio debe realizarse por la vía judicial ordinaria.

El convenio regulador del divorcio ante notario

Para llevar a cabo un divorcio notarial, los cónyuges deberán acudir al notario asistidos por letrados en ejercicio, como los abogados de divorcios en Madrid que forman nuestro bufete, que te ofrecerán la asistencia legal necesaria para efectuar este trámite ante notario y se encargarán de la redacción del convenio regulador que posteriormente se firmará en el Acta de Divorcio.

Cuando dos personas deciden divorciarse de mutuo acuerdo ante notario, deben firmar un convenio regulador, exactamente igual al que se firmaría en un divorcio judicial tradicional. Aspectos como el uso y atribución de la vivienda familiar, la pensión alimenticia o la pensión compensatoria, quedarán reflejados en ese acuerdo que ambos cónyuges deciden aceptar ante notario.

Los documentos necesarios para realizar este trámite son:

  • DNI de los cónyuges
  • Libro de familia
  • Certificado de empadronamiento ( en algunos supuestos)
  • Certificado de Matrimonio.

Ventajas del divorcio notarial

La celeridad se ha convertido en la principal ventaja del divorcio ante notario. Es cuestión de 24 horas que ambos cónyuges estén divorciados de mutuo acuerdo, a diferencia del proceso judicial que depende de los plazos y saturación del juzgado correspondiente.

Otra ventaja sustancial de esta vía es la posibilidad de incluir en el convenio regulador otros negocios jurídicos entre los cónyuges sin incumplir la doctrina señala por la Resolución de la DGRN de 16 de octubre de 2014, que impide que dicho convenio se utilice para encauzar otros negocios jurídicos.

Obviamente, la parte negativa está en el coste. Así como divorciarse por la vía judicial carece de tasas, quien acude a un notario tendrá que pagar entre 200 y 250 euros. Al tratarse de un arancel, se cobra por folio y por acta de divorcio entregada. Si además existe liquidación de la sociedad de gananciales, el notario lo cobra a parte. Es importante recordar que, en la vía de divorcio notarial, no existe la justicia gratuita a la que tienen derecho las personas que cumplen una serie de requisitos en los procesos judiciales.

Si quieres conocer más aspectos de esta opción de divorcio, no dudes en acudir a nuestros abogados de divorcios en Madrid, los cuales te explicarán con detalle cómo se efectúa, la documentación que es necesario aportar… además de asistirte legalmente en la redacción y firma del convenio regulador. En Abogados Divorcio Express tramitamos tu divorcio por cualquiera de las vías existente.

 

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